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SEGUNDO
DIAGNÓSTICO

Cobertura de consultas para confirmar un diagnóstico y su tratamiento, por enfermedad común y por accidentes laborales o enfermedades profesionales.

Cobertura de consultas para confirmar un diagnóstico y su tratamiento, por enfermedad común y por accidentes laborales o enfermedades profesionales.

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Segunda opinión médica

Cobertura de consultas para confirmar un diagnóstico y su tratamiento, por enfermedad común y por accidentes laborales o enfermedades profesionales.

Consultas
Con facultativos de Clínica Universidad de Navarra, previa presentación del informe médico donde se indique el diagnóstico, las pruebas de alcance realizadas y el tratamiento recomendado.

Especificaciones:

  • Consultas presenciales y/o a distancia.
  • Se cubrirá una consulta por patología.
  • Si bien, se valorarán nuevas asistencias si existe con posterioridad una variación sustancial en la enfermedad que implique un cambio muy significativo en el tratamiento.
  • Si se utiliza una consulta a distancia, podrá acceder posteriormente a una consulta médica de segunda opinión presencial por la misma patología.
  • Quedan excluidas las patologías diagnosticadas con anterioridad a la contratación de estas coberturas.

Cobertura hospitalaria por accidentes laborales y enfermedades profesionales

Se garantiza cobertura hospitalaria médica, quirúrgica o intervención en hospital de día, siempre que después de realizar una consulta de segunda opinión por un accidente laboral o enfermedad profesional, exista una diferencia de criterio con respecto al tratamiento indicado por la Mutua laboral del asegurado, y siempre que esta discrepancia implique, por parte del facultativo de Clínica Universidad de Navarra, la indicación de hospitalización y/o intervención quirúrgica.

Esta garantía tendrá las mismas coberturas y condiciones que se aplican a las coberturas hospitalarias de Alta Especialización (excepto viajes y ambulancia).

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